Adiós a las “pensiones doradas”: fijan límite constitucional
- Redacción

- 11 abr
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En su edición vespertina del viernes, el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto que elimina las llamadas “pensiones doradas”, mediante la reforma y adición al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La modificación fija un tope a las jubilaciones y pensiones de altos mandos y personal de confianza en los tres niveles de gobierno.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, envió en febrero la iniciativa al Senado de la República con el argumento de frenar privilegios y redirigir recursos públicos.
De acuerdo con el Ejecutivo, la medida permitiría recuperar alrededor de 5 mil millones de pesos que serían destinados a los Programas para el Bienestar.
La reforma establece que ninguna persona servidora pública podrá recibir una pensión mayor al 50% de la remuneración de quien ocupe la titularidad del Ejecutivo Federal.
Además, nadie podrá ganar igual o más que su superior jerárquico, salvo excepciones justificadas por especialización técnica o condiciones generales de trabajo, y aun así el monto no podrá superar la mitad del salario presidencial.
Quedan excluidas las Fuerzas Armadas, las pensiones derivadas de aportaciones voluntarias o sindicales en sistemas de ahorro individual y la pensión no contributiva prevista en el artículo 4 constitucional.
El decreto entra en vigor un día después de su publicación y obliga al Congreso y a las legislaturas estatales a armonizar sus leyes en un plazo máximo de 90 días, sin ampliar presupuestos ni incrementar el gasto en servicios personales.



