Política nacional e internacional

La Secretaría de Gobernación publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación el nuevo protocolo para la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

El documento establece que la alerta deberá activarse de manera inmediata, automatizada y simultánea hacia todas las autoridades competentes, subrayando que la desaparición de personas exige actuación urgente y coordinada.
El protocolo enfatiza que la alerta no tendrá caducidad: permanecerá activa de forma indefinida hasta que la localización de la persona sea confirmada.
El objetivo declarado es garantizar el derecho a la verdad, el acceso a la justicia y una búsqueda efectiva.
Fichas digitales y envío automatizado
La Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) será la responsable de remitir la Ficha de Búsqueda de forma automatizada a fiscalías especializadas, comisiones locales, autoridades de los tres niveles de gobierno, así como a actores del sector privado y social.

Las fichas digitales deberán contener datos mínimos: nombre completo, edad, sexo y género, fotografía reciente, fecha y lugar de desaparición, señas particulares, condición de vulnerabilidad y un Folio Único de Identificación.
Los reportes podrán realizarse a través del portal del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, por WhatsApp o vía telefónica.
No obstante, si el registro carece de los elementos mínimos establecidos por la Ley General, no se generará ficha ni alertamiento.
Coordinación con fiscalías y protocolos internacionales
Aunque no exista carpeta de investigación, la CNB enviará el reporte a la fiscalía competente.
Posteriormente, las fiscalías deberán abrir expediente, habilitar un correo específico para el caso y realizar búsquedas en bases de datos, hospitales, centros de rehabilitación y otras instituciones públicas y privadas, incluida la Cruz Roja.
También podrán activar mecanismos como la INTERPOL mediante la Ficha Amarilla, así como protocolos como Alerta AMBER o Alba, según corresponda.
En casos de migrantes extranjeros, se solicitará apoyo al Instituto Nacional de Migración y a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Difusión masiva y obligaciones legales
El protocolo ordena la difusión pública a nivel nacional por todos los medios disponibles, salvo causa razonable en contrario.
Empresas de telecomunicaciones, instituciones financieras, transportistas, cadenas comerciales, hospitales y hasta empresas productoras de alimentos deberán colaborar en la difusión física o digital de las fichas.
Los servidores públicos y particulares que incumplan las obligaciones serán sancionados conforme a la legislación aplicable, sin excluir responsabilidades administrativas, civiles o penales.
Además, el protocolo será evaluado al menos cada seis meses por la CNB, con participación de familias de personas desaparecidas.



